Resolución del Ministério da Educação N.º 1.095/2018 - FMP - Fundación Escuela Superior del Ministerio Público

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Art. 23 (en traducción libre): Las instituciones de enseñanza superior públicas y privadas deben mantener un banco de informaciones de registro de diplomas que debe estar disponible en la página electrónica de la institución y, una vez realizado el debido registro, tendrán un plazo de treinta días para incluir los siguientes datos para consulta pública:

I – nombre del alumno diplomado;
II – seis números centrales del registro de persona física (CPF) del alumno diplomado;
III – nombre y código e-MEC de la carrera superior;
IV – nombre y código e-MEC de la institución de enseñanza superior expedidora del diploma;
V – nombre y código e-MEC de la institución de enseñanza superior registradora del diploma;
VI – fecha de ingreso en la carrera;
VII – fecha de conclusión de la carrera;
VIII – fecha de expedición del diploma;
IX – fecha de registro del diploma;
X – identificación del número de expedición;
XI – identificación del número de registro;
XII – fecha de publicación de las informaciones del registro del diploma en el Diário Oficial da União (DOU).

Párrafo único: Para fines de aplicación del presente artículo, se considera como código e-MEC aquel número de registro que consiste en la base de dados oficial de informaciones relacionadas a las carreras y a las instituciones de enseñanza superior del Ministério da Educação.

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